Opinión: ¿Es correcta la propuesta sobre la Ley de Modificación Automotriz?

Hace un par de días el Senador de la República Francisco Chahuán ingresó para primer trámite constitucional la moción que «Modifica la Ley de Tránsito, con el objeto de prohibir la instalación de dispositivos que alteren la potencia original de los vehículos.» Con este proyecto de ley se busca prohibir la instalación de dispositivos que […]

Hace un par de días el Senador de la República Francisco Chahuán ingresó para primer trámite constitucional la moción que «Modifica la Ley de Tránsito, con el objeto de prohibir la instalación de dispositivos que alteren la potencia original de los vehículos.»

Con este proyecto de ley se busca prohibir la instalación de dispositivos que alteren la potencia original de los vehículos.

La idea de fondo es modificar la Ley N° 18.290, incorporando un artículo 62 bis, en virtud del cual se establezca la prohibición de alterar el potenciamiento original de los motores de todos los vehículos, mediante elementos o dispositivos adicionales, no contemplados en su estructura primitiva.

Perdón, pero el prohibir las modificaciones a los motores de fábrica es sólo legislar pobremente sobre la punta de un iceberg que es más fácil no mirar en profundidad. Pues si se llegara a aprobar esta ley sería ilegal instalar por ejemplo una inducción de aire de alto flujo, la que con mucha suerte nos otorgará 10 caballos de fuerza adicionales a nuestro auto y que para que pudiera comprarla en Chile debió haberse importado, pagado agente de aduanas, impuestos de importación y el consiguiente impuesto al valor agregado (IVA), es decir, con todas las de la ley, sólo para que una vez instalado en el auto se convirtiera en «un arma mortal» prohibida y totalmente ilegal. No me cuadra.

El anterior es el mismo argumento que expusimos hace 3 años para la prohibición de los vidrios polarizados y que aún mantiene la misma inconsistencia. ¿Debemos esperar lo mismo de esta nueva Ley de Modificación Automotriz?

Haciendo un cálculo muy a ojo podríamos decir que la mayor cantidad de automóviles con modificaciones en su motor corresponden a vehículos de potencias menores a los 200 caballos de fuerza, las que en ningún caso hacen que el automóvil en cuestión logre potencias superiores a las de deportivos de lujo que se comercializan en el país. Entonces cabe la pregunta: ¿Qué es lo peligroso, un automóvil modificado o uno potenciado de fábrica que puede incluso triplicar la potencia de un auto modificado?

Claramente si nos vamos por la premisa de la prohibición estaremos cayendo un problema mayor lleno de vacíos, pero claro, es más fácil prohibir la punta del iceberg que legislar el problema de fondo.

Porque obviamente es más fácil prohibir que permitir con responsabilidades, es decir, permitir con ciertos rangos y traspasar la responsabilidad al automovilista. Es lo que sucede por ejemplo en España donde las modificaciones mayores a los automóviles deben pasar por una homologación que les permita circular, modelo que se puede replicar en Chile a través de las Plantas de Revisión Técnica las que hace rato debieran contar con dinamómetros para medir las emisiones de CO2 en movimiento y no detenidos como se hace actualmente. Es ese mismo dinamómetro que podría permitir medir la potencia de los vehículos y determinar si el vehículo en cuestión posee caballos adicionales y cuántos tiene por sobre el rango permitido. Si se pasa de ese rango debería homologar sus modificaciones.

Si no fuera de esta manera no veo la forma en que un Carabinero pueda determinar si un vehículo está o no modificado en una fiscalización de rutina, pues si se va a perseguir por solo tener un escape con un sonido distinto se iniciaría una cacería de brujas para nada saludable.

«Pero si todos los que modifican los motores de sus autos lo hacen para correr»

Error! Si bien es cierto que la modificación de los motores permiten en muchos casos que estos tengan un mejor desempeño esto no necesariamente se traduce en sean armas letales que además la nueva ley pretende que esto constituya presunción de responsabilidad del conductor en caso de accidente de tránsito, es decir, presuntamente culpable en caso de cualquier cosa.

A ver, si tengo un automóvil con turbo de fábrica y decido agregar un turbo timer y cambiar la válvula blow-off original estaría cometiendo un ilícito y me convertiría en un virtual culpable en caso de accidente, pero cabe destacar que las dos modificaciones antes mencionadas a pesar de ser «dispositivos adicionales no contemplados en la estructura primitiva del vehículo» no agregan potencia extra al motor sino que sirven para prolongar la vida útil del turbo. ¿Eso lo entenderán quienes fiscalicen esta futura ley?

Lamentablemente la promulgación de una ley de estas características no lograría más que demonizar los automóviles de motores potentes y podría ser sólo la antesala de una legislación sobre la potencia máxima de los automóviles que pueden circular por las calles de Chile.

Pero bueno, como no sacamos nada con criticar sin aportar, aquí le dejamos a nuestros honorables Senadores algunos tips para pensar de mejor manera esta posible ley:

  • Es cierto que demasiada potencia adicional para un automóvil que no fue creado para ello pueda ser peligrosa, por ello sería ideal definir rangos de potenciación medibles en las Plantas de Revisión Técnica.
  • ¿Qué tal si en vez de prohibir de plano, utilizamos la medición de rangos de potenciación para calcular valores adicionales al permiso de circulación?
  • Las Plantas de Revisión Técnica debiesen contar con dinamómetros, los que además de poder medir la potencia del automóvil podrían servir para medir de mejor manera las emisiones contaminantes.
  • No es posible prohibir la utilización de elementos que se comercializan legalmente. ¿O también será ilegal la importación de partes y piezas automotrices?

Plantear que el hecho de potenciar un automóvil lo transformaría inmediatamente en un vehículo peligroso y culpable de accidentes de tránsito es como prohibir la tonificación muscular masculina por transformar al hombre en un potencial golpeador. Absurdo! Tanto como la ley en cuestión.


Nicolás Espinoza Filippi
Director General Racing5.

Esta sección busca expresar la opinión personal frente a temas de actualidad relacionados con el mundo motor. Pretende dar cabida a la expresión de personajes importantes ligados al universo tuerca, quienes serán invitados periódicamente a dejar sus palabras en este medio.

“Soy un amante de los autos casi por genética y con el tiempo he aprendido de mis amigos mecánicos a desenvolverme humildemente en el mundo de los fierros. En los autos encuentro el relajo y tranquilidad que a veces se pierde con la rutina del día a día”.